Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte Suprema rechaza el recurso de queja interpuesto por el Servicio Nacional del Consumidor en contra de la Decimotercera Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago. El Servicio denunció a Cruzados S.A.D.P. por infracción a la Ley sobre Protección de los Derechos de los Consumidores y a la ley N°19.327 sobre Derechos y Deberes en Espectáculos de Fútbol Profesional, alegando incumplimiento del deber de seguridad en el estadio. La sentencia de primer grado rechazó la denuncia por falta de acreditación de la infracción, y la Corte de Apelaciones confirmó íntegramente este fallo. La Corte Suprema considera que no existe falta o abuso grave en lo resuelto por los recurridos, atendido que la empresa denunciada adoptó las medidas de seguridad reglamentarias para resguardar a los asistentes del evento deportivo.