Resumen del criterio jurisprudencial
Se declara la incompetencia del tribunal atendido que no resulta procedente reclamar en esta sede en contra de una resolución dictada por el servicio de tesorería general de la república, en cuanto juez sustanciador, pues el legislador dispuso que la acción por vulneración solo proceda respecto de actos u omisiones ilegales o arbitrarias de parte del servicio de impuestos internos y no de la tesorería general de la república, cuestión que conlleva necesariamente a rechazar por incompetencia el reclamo de fojas 1 y siguientes, en contra de la resolución exenta e138481 del 30 de abril de 2026. la sentencia se encuentra firme y ejecutoriada.