Tributario

- "œque las respectivas ventas se efectúen dentro del plazo de 1 año contado desde la…

Oficio · Servicio de Impuestos Internos · 2016

Resumen

- "œque las respectivas ventas se efectúen dentro del plazo de 1 año contado desde la fecha a que se refiere el numeral 1 del artículo Quinto Transitorio". Según lo anterior, al materializarse la venta de el o los inmuebles referidos por parte de XXXXX S. A. antes del 1 de enero del 2017, ésta operación cumpliría con el requisito en análisis. D. Si, luego de analizados todos los puntos anteriores, el Servicio de Impuestos Internos considerase aún que la venta de él o de los inmuebles referidos se encuentra gravada con IVA se solicita se confirme que, teniendo a la vista las consecuencias tributarias detonadas por la fusión de las sociedades XXXXX S. A. y BBBB limitada, la base imponible del IVA en la o las enajenaciones de los inmuebles se determinaría en base a lo estableci

Normas citadas

  • Ley de Impuesto a las Ventas y Servicios (IVA)
SIIServicio de Impuestos Internosjurisprudencia administrativaoficioLey de Impuesto a las Ventas y Servicios (IVA)

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Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.