Resumen del criterio jurisprudencial
Circular de la Superintendencia de Pensiones que, conforme al artículo 11 de la Ley N° 19.728, determina la tabla de reajustes e intereses penales aplicable por la Administradora de Fondos de Cesantía a las cotizaciones del Seguro de Cesantía pagadas con retraso entre el 1° y el 31 de enero de 2018, fijando una tasa de interés corriente anual del 23,84%.