Laboral

No existe impedimento para que el personal asistente de la educación de los establecimi…

Resumen del criterio jurisprudencial

No existe impedimento para que el personal asistente de la educación de los establecimientos educacionales dependientes de los departamentos de administración educacional y aquellos que trabajen en el nivel central, pueda constituir asociaciones de funcionarios de la administración del Estado.

Estatuto DocentePersonal asistente de la educación

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.