Tributario

Artículo 99 del Código Tributario chileno, que regula la aplicación de sanciones corpor…

Resumen del criterio jurisprudencial

Artículo 99 del Código Tributario chileno, que regula la aplicación de sanciones corporales y apremios por infracciones tributarias. Establece que estas sanciones recaen en quienes debieron cumplir la obligación, y en personas jurídicas, en gerentes, administradores o socios responsables, solo si incurrieron personalmente en la infracción. Define las conductas que constituyen participación personal en la infracción.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.