La Corte de Apelaciones de Santiago reconoce que cuatro sociedades comerciales y una pe…
Sentencia · Corte de Apelaciones · 2025
Resumen
La Corte de Apelaciones de Santiago reconoce que cuatro sociedades comerciales y una persona natural constituyen un único empleador para efectos laborales, debido a la existencia de una dirección laboral común ejercida por H.H.H.. Las empresas compartían giros similares o complementarios, un mismo domicilio, gestión unificada de recursos humanos y control directo del mismo gerente. Los trabajadores laboraban indistintamente para todas las demandadas sin claridad sobre su verdadero empleador. La Corte condena solidariamente a todas las demandadas por las prestaciones laborales adeudadas. La sentencia se dicta en reemplazo de una sentencia anterior que fue invalidada parcialmente.
Normas citadas
Artículo 3 del Código del Trabajo
Artículo 478, inciso segundo, del Código del Trabajo
Artículo 507, inciso quinto, del Código del Trabajo
dirección laboral comúnúnico empleadorresponsabilidad solidariacontrol comúnprestaciones laboralesconfusión de razones socialesgiros complementariosCorte de Apelaciones de Santiago
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