El Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago declara de oficio la caducidad de…
Resolución · Corte Suprema · 2025
Resumen
El Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago declara de oficio la caducidad de las acciones de tutela laboral, despido improcedente y recargo legal interpuestas por el demandante. La demanda fue presentada el 29 de enero de 2025, cuando ya había transcurrido el plazo máximo de sesenta días hábiles desde la separación de servicios ocurrida el 14 de octubre de 2024. Aunque se consideró la suspensión del término legal durante la gestión administrativa, ésta no fue suficiente para evitar la caducidad. El tribunal reserva pronunciamiento sobre las demás prestaciones solicitadas hasta que la presente resolución se encuentre ejecutoriada.
Normas citadas
Artículo 168 del Código del Trabajo
Artículo 447 inciso segundo del Código del Trabajo
Artículo 489 del Código del Trabajo
Artículos 436 y 437 del Código del Trabajo
Ley N° 20.886
caducidadtutela laboraldespido improcedenteplazo de sesenta díasgestión administrativasuspensión de plazorecargo legalCódigo del Trabajo
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