Resumen del criterio jurisprudencial
Artículo del Código Civil chileno que regula la determinación y cálculo de los gananciales en el régimen de participación en los gananciales. Establece que los cónyuges son comuneros de los bienes adquiridos conjuntamente a título oneroso, mientras que los adquiridos a título gratuito se agregan a los patrimonios originarios en la proporción fijada por el título o en partes iguales si nada se dispone.