Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte de Apelaciones de Santiago reconvierte un recurso de amparo a recurso de protección en caso de reos de Punta Peuco. La Sala Tramitadora determina que los hechos expuestos no configuran vulneración a la libertad personal y seguridad individual protegidas por el artículo 21 de la Constitución. Por el contrario, identifica que los hechos denuncian vulneración al derecho a la vida contemplado en el artículo 19 N°1 de la Constitución. En consecuencia, ordena el traslado de los antecedentes al libro de Protecciones, manteniendo la fecha de presentación original.