Resumen del criterio jurisprudencial
Se rechaza el amparo deducido en contra del Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia, referido a la entrega de las actas mensuales de atención de todos los años 2022, 2023 y 2024 de PPF O'Higgins (Programa de Prevención Focalizada) Fundación mi casa, de la familia CERDA KALENOVA. Lo anterior, por tratarse, inequívocamente, de información sobre datos personales y/o sensibles, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 2, letras f) y g), de la Ley N° 19.628, sobre Protección de la Vida Privada y en el artículo 32 de la Ley N°21.302; por cuanto, éstos se refieren a personas naturales determinables lo que podría generar una intromisión a la vida privada de los NNA involucrados. A su vez, se tiene presente que los datos personales y sensibles de niños, niñas y adolescentes, son objeto de especial protección por parte del legislador, primando el principio del “Interés superior del niño", debiendo los órganos de la Administración del Estado actuar con suma rigurosidad y apego al ordenamiento jurídico al efectuar su tratamiento.