Laboral

Las reuniones ordinarias y extraordinarias se efectuarán en cualquier sede sindical, fu…

Resumen del criterio jurisprudencial

Las reuniones ordinarias y extraordinarias se efectuarán en cualquier sede sindical, fuera de las horas de trabajo. Podrán celebrase dentro de la jornada de trabajo las reuniones que se programen previamente con el empleador o sus representantes.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.