Comercial

Artículo del Código de Comercio chileno que regula el mandato comercial.

Resumen del criterio jurisprudencial

Artículo del Código de Comercio chileno que regula el mandato comercial. Establece que el comisionista que asegura la solvencia del deudor sin correr riesgo solo tiene derecho a la comisión simple, no a la de garantía, salvo en casos de pago al contado o con descuento.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.