Resumen del criterio jurisprudencial
Artículo de la Ley General de Urbanismo y Construcciones que regula la elaboración directa de anteproyectos de Plan Regulador Intercomunal por parte de municipalidades, con autorización de la secretaría regional ministerial de Vivienda y Urbanismo. Establece el procedimiento de verificación, el plazo de sesenta días y la posterior remisión al gobierno regional para su aprobación.