Administrativo

Ley 18.695 (orgánica constitucional de municipalidades), artículo 108, establece cómo p…

Resumen del criterio jurisprudencial

Ley 18.695 (orgánica constitucional de municipalidades), artículo 108, establece cómo pueden declararse las candidaturas a alcalde: por un partido político, un pacto de partidos, un pacto entre partido e independientes, un pacto de partidos e independientes, o por independientes. Las candidaturas solo de independientes deben cumplir los requisitos de los artículos 112 y 113.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.