Resumen del criterio jurisprudencial
Artículo del Código Orgánico de Tribunales que establece los requisitos para ser ministro de la Corte Suprema: ser chileno, abogado, cumplir con las exigencias del artículo 283 si pertenece al Escalafón Primario, o haber ejercido la profesión por al menos quince años si es ajeno al Poder Judicial, con condiciones adicionales para quienes se retiraron voluntariamente.