Resumen del criterio jurisprudencial
El señor Andrés Manuel Lévano Fernández Maldonado interpuso un recurso de protección contra la AFP Provida por el rechazo de su solicitud de retiro de fondos previsionales. La solicitud había sido denegada por falta de cédula chilena, título técnico, certificado de afiliación apostillado y ausencia de cláusula contractual que acogiera la Ley N°18.156. La administradora sostuvo que el rechazo se basó en el cumplimiento estricto de la Ley N°18.156 y del Compendio de Normas de la Superintendencia de Pensiones. El tribunal analizó si dicha decisión constituía un acto ilegal o arbitrario vulnerando los numerales 2 y 24 del artículo 19 de la Constitución. Concluyó que la interpretación de la normativa era correcta y que no existía vulneración de garantías constitucionales. Por tanto, se rechazó el recurso de protección sin costas.