Civil

Artículo del Código Orgánico de Tribunales que autoriza a la Corte Suprema, por resoluc…

Resumen del criterio jurisprudencial

Artículo del Código Orgánico de Tribunales que autoriza a la Corte Suprema, por resolución fundada y previa aprobación del pleno, a adoptar un sistema excepcional de funcionamiento remoto por videoconferencia para la vista de causas, con duración máxima de un año prorrogable por una vez. Las partes pueden solicitar la audiencia presencial invocando razones graves que impidan o dificulten su participación.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.