Administrativo

Artículo 261 del Código de Aguas permite que quienes están obligados a mantener obras d…

Resumen del criterio jurisprudencial

Artículo 261 del Código de Aguas permite que quienes están obligados a mantener obras de drenaje o tengan interés en ellas se organicen conforme a las reglas del párrafo sobre Asociaciones de Canalistas y otras organizaciones de usuarios.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.