Resumen del criterio jurisprudencial
Se acoge parcialmente el amparo interpuesto en contra de la Municipalidad de Panguipulli, ordenando la entrega íntegra de la información correspondiente a diversos antecedentes asociados al funcionamiento del lugar de acopio de residuos que se describe. Lo anterior, por cuanto, contrastados los términos en los que fue formulada la solicitud con aquellos manifestados en la respuesta, se advierte que, como reconoce el organismo en sus descargos, no existe entre ambos la debida correspondencia que permita considerar como atendida la solicitud en todos sus apartados. A su vez, se rechaza el amparo en lo referido a la entrega de los argumentos que presentó el municipio en su defensa en el marco del sumario sanitario, toda vez que, se configura la causal de reserva o secreto del artículo 21, N°1, letra b), de la Ley de Transparencia, ya que, se encuentra pendiente la adopción de una resolución, medida o política.