Resumen del criterio jurisprudencial
El tribunal tributario y aduanero de la araucanía no dió lugar al reclamo de avalúos presentado por el contribuyente sociedad van bebber y compton ltda., representada por don peter compton peddar, quien impugnó el avalúo fiscal asignado a los predios, 135-374, 135-375 y 135-376 de la comuna de pucon en el reavalúo general del año 2013, en atención a que tales predios tendrían destino agrícola y además se han tasado en un valor superior al comercial. al efecto, estimo el tribunal que no se demostró que el avalúo fiscal de los señalados predios fuera superior a su valor comercial ni tampoco quedó demostrado que los inmuebles estuviesen destinados preferentemente a actividades agrícolas o forestales, considerando además que la reclamante no tiene el giro agrícola si no de restaurante.