J.E.S.M. interpuso recurso de amparo contra el Servicio Nacional de Migraciones por la…
Sentencia · Corte de Apelaciones · 2026
Resumen
J.E.S.M. interpuso recurso de amparo contra el Servicio Nacional de Migraciones por la resolución que rechazó su solicitud de residencia definitiva al no presentar el certificado de antecedentes penales de Venezuela. El tribunal consideró que la resolución era arbitraria e ilegal porque no tuvo en cuenta las circunstancias familiares, laborales y la imposibilidad material de obtener dicho certificado. Se señaló que la medida vulneraba la libertad personal y la seguridad individual consagradas en el artículo 19 N°7 de la Constitución. En virtud del artículo 21 de la Constitución y la normativa migratoria, la Corte acogió la acción de amparo. Se dejó sin efecto la resolución impugnada y se ordenó al Servicio Nacional de Migraciones retrotraer el procedimiento y otorgar un nuevo plazo de al menos 60 días para presentar el documento requerido. Finalmente, el Servicio deberá dictar una nueva resolución dentro del plazo establecido.
Normas citadas
Art. 21 Constitución Política de la República
Art. 19 N°7 Constitución Política de la República
Ley 21.325 de Migración y Extranjería
Decreto Supremo N°296 (Reglamento de la Ley 21.325)
Art. 91 Ley 21.325
Art. 88 Decreto Supremo N°296
Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y fallo del recurso de amparo
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