Civil

Artículo del Código Civil chileno que regula las obligaciones alternativas.

Resumen del criterio jurisprudencial

Artículo del Código Civil chileno que regula las obligaciones alternativas. Establece las reglas sobre el ejercicio de la elección entre las cosas debidas: si corresponde al deudor, puede enajenar o destruir cualquiera mientras subsista alguna; si corresponde al acreedor y una perece por culpa del deudor, aquel puede optar entre pedir el precio de la cosa perecida con indemnización de perjuicios o cualquiera de las cosas restantes.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.