Resumen del criterio jurisprudencial
Artículo del Código Civil chileno que regula las obligaciones alternativas. Establece las reglas sobre el ejercicio de la elección entre las cosas debidas: si corresponde al deudor, puede enajenar o destruir cualquiera mientras subsista alguna; si corresponde al acreedor y una perece por culpa del deudor, aquel puede optar entre pedir el precio de la cosa perecida con indemnización de perjuicios o cualquiera de las cosas restantes.