Resumen del criterio jurisprudencial
Artículo 336 del Código de Justicia Militar chileno tipifica el delito de desobediencia militar por incumplimiento o modificación unilateral de una orden del servicio. Establece penas que van desde reclusión militar menor hasta muerte, según si se comete en presencia del enemigo, de rebeldes o sediciosos, o en otros casos.