Resumen del criterio jurisprudencial
Artículo del Código de Comercio chileno que regula la responsabilidad del transportador marítimo en el transporte de animales vivos. Establece que no será responsable por pérdida, daño o retraso derivados de los riesgos especiales inherentes a dicho transporte, fijando presunciones en su favor cuando cumpla instrucciones del cargador, salvo prueba de culpa o negligencia.