Administrativo

No procede que recurrentes se adscriban al régimen de la Dirección de Previsión de Cara…

Resumen del criterio jurisprudencial

No procede que recurrentes se adscriban al régimen de la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile, en tanto no hayan reunido, al menos, veinte años continuos o discontinuos de desempeño en la dependencia que se indica.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.