Resumen del criterio jurisprudencial
Artículo de la Ley 21.595 sobre delitos económicos que define la pena de reclusión parcial en establecimiento especial, consistente en 56 horas semanales de encierro. Establece las modalidades diurna, nocturna o de fin de semana, y dispone que si la reclusión diurna afecta la subsistencia del condenado o sus dependientes, se debe imponer la nocturna o de fin de semana.