Resumen del criterio jurisprudencial
La Ley 20.720 regula la reorganización y liquidación de empresas y personas. El artículo 132 establece que, durante el procedimiento concursal de liquidación, la administración de los bienes sujetos a usufructo legal del cónyuge o hijos del deudor queda bajo intervención del liquidador, quien controla los frutos para la masa, descontando las cargas y reservando una cuota para la subsistencia del deudor y su familia.