Resumen del criterio jurisprudencial
El Tribunal Tributario y Aduanero de la Región de Ñuble y la Región del Bío Bío recibió el escrito de la parte reclamante de fecha 12 de septiembre de 2018, en el que se desistía del reclamo presentado el 3 de abril de 2018 contra el Servicio de Impuestos Internos. El tribunal constató que el ente fiscal había evacuado el traslado conferido a fojas 102 y aceptó el desistimiento. Con fundamento en los artículos 148 del Código Tributario y 148, 149, 150 y 151 del Código de Procedimiento Civil, el tribunal resolvió acoger el desistimiento sin costas. La resolución fue firmada electrónicamente por el juez titular Anselmo Iván Cifuentes Ormeño el 13 de septiembre de 2018. Se ordenó la notificación al apoderado de la reclamante y al reclamado mediante publicación en el sitio web del tribunal. Finalmente, el documento quedó archivado y registrado conforme a la normativa aplicable.