Resumen del criterio jurisprudencial
La resolución que se pronuncia sobre la solicitud de derecho de aprovechamiento de aguas es aquélla a través de la cual, naturalmente, la Administración debe decidir sobre si, conforme al ordenamiento jurídico, otorga o no el derecho que se solicita, y por ende, no procede que, en la parte considerativa de una resolución que tiene un objeto diverso, se contenga una afirmación acerca de la decisión que se adoptará en el proceso de constitución del derecho de aprovechamiento.