Penal

La Corte suspendió el procedimiento conforme al artículo 458 del Código Procesal Penal.

Sentencia · Corte de Apelaciones · 2024

Resumen

La Corte suspendió el procedimiento conforme al artículo 458 del Código Procesal Penal. Se ordenó al tribunal citar de inmediato a una audiencia para debatir la procedencia de disponer la urgente internación provisional del individuo en un establecimiento asistencial que pueda atender su situación médica. Además, se dispuso la realización de un nuevo informe psiquiátrico de facultades mentales, el que deberá ser evacuado por el SML a la mayor brevedad.

Normas citadas

  • artículo 458 del Código Procesal Penal
  • artículo 464 del Código Procesal Penal
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