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El Servicio Nacional de Migraciones rechazó la solicitud de residencia temporal de Flor…

Resumen del criterio jurisprudencial

El Servicio Nacional de Migraciones rechazó la solicitud de residencia temporal de Florantina Delice mediante Resolución Exenta N° 23.367.091, de 26 de septiembre de 2023, por no acompañar certificado de antecedentes penales de Haití apostillado, y dispuso su abandono del país. Emmanuel Bien-Aime interpuso recurso de amparo en favor de la afectada, alegando que el documento estaba en trámite, que su exigencia era desproporcionada y que existía arraigo laboral y familiar. El Servicio opuso excepción de litispendencia por existir un amparo anterior con identidad de partes y objeto. La Corte rechazó la excepción por la naturaleza cautelar y urgente del amparo. Sin embargo, al revisar la causa anterior, constató que la misma resolución ya había sido impugnada y acogida por sentencia de 24 de septiembre de 2026, que dejó sin efecto el acto y ordenó reabrir el procedimiento otorgando 180 días para acompañar el certificado. En consecuencia, rechazó el nuevo amparo por no corresponder emitir un pronunciamiento sobre antecedentes ya resueltos, sin costas.

Amparo art. 21 Constitución Política

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.