Resumen del criterio jurisprudencial
Doña Carolina Galleguillos Lira, en representación de Ulises Alejandro Figueroa Gálvez, interpuso recurso de amparo contra Gendarmería de Chile por el traslado del interno del Centro de Detención Preventiva de Ovalle al Complejo Penitenciario de La Serena sin resolución fundada. El peticionario alegó que no existían antecedentes disciplinarios ni riesgos que justificaran el traslado, vulnerando su seguridad individual y su arraigo familiar. Gendarmería respondió que el traslado se realizó por razones de seguridad y salud mental, pues el interno presentaba descompensación psíquica que requería atención especializada disponible solo en La Serena. La Corte, al analizar el caso, consideró que la medida estaba dentro de las facultades legales del órgano custodio, amparada por el artículo 6 de la Ley Orgánica de Gendarmería y respaldada por jurisprudencia. Además, citó el artículo 21 de la Constitución y el precedente Rol N° de la Corte Suprema. En consecuencia, se rechazó el recurso de amparo y se confirmó la legalidad del traslado.