Resumen del criterio jurisprudencial
Norma de carácter general de la Superintendencia de Pensiones que incorpora el Título XII al Libro I y modifica el Título XIX del Libro V del Compendio de Normas del Sistema de Pensiones. Regula la información que el Administrador del Fondo Autónomo de Protección Previsional (AFAPP) y las AFP deben proporcionar a los afiliados sobre las cotizaciones con rentabilidad protegida, su saldo, rentabilidad y bonos asociados. Las disposiciones rigen a partir del 1 de agosto de 2026.