Administrativo

Este artículo de la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades regula la disposició…

Resumen del criterio jurisprudencial

Este artículo de la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades regula la disposición de bienes muebles dados de baja por parte de las municipalidades. Establece que dicha disposición debe realizarse conforme a la ley sobre economía circular en la adquisición de bienes y servicios del Estado.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.