Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte Suprema conoció de un recurso de apelación contra la resolución de la Corte de Apelaciones de Santiago que declaró inadmisible una acción de amparo interpuesta por Giuliana Jose Pineda Malpica contra el Servicio Nacional de Migraciones. El tribunal de alzada consideró que la situación descrita en el recurso podía constituir uno de los supuestos previstos en el artículo 21 de la Constitución Política de la República. Por ello, revocó la resolución apelada y declaró admisible la acción de amparo. En consecuencia, ordenó que una sala no inhabilitada de la Corte de Apelaciones de Santiago dé tramitación al amparo y se pronuncie sobre el fondo del asunto. La decisión se basó únicamente en la admisibilidad de la acción, sin entrar a conocer el mérito de la pretensión.