Resumen del criterio jurisprudencial
Se resuelve: i.- se acoge el acta de denuncia n° 02-3 de fecha 22 de enero de 2015, en cuanto se encuentran acreditadas las comisión de las infracciones tributarias descritas y sancionadas en el inciso segundo del artículo 97 n° 4 del código tributario. en consecuencia: ii.-se confirma en todas sus partes el acta de denuncia n° 02-3 de fecha 22 de enero de 2015, que rola a fojas 4 y siguientes. iii.- se condena al imputado al pago de una multa ascendente al 100 % de los impuestos evadidos, esto es a la suma de $274.244.518.- (doscientos setenta y cuatro millones doscientos cuarenta y cuatro mil quinientos dieciocho pesos) por concepto de impuesto al valor agregado.