Resumen del criterio jurisprudencial
La Corporación Nacional de Consumidores y Usuarios de Chile (Conadecus) demandó a Telefónica, Claro y Entel por infracción al artículo 3° del DL N° 211, acusándolas de acaparar espectro radioeléctrico en el Concurso 700 MHz y exceder el límite de 60 MHz establecido por la Corte Suprema en 2009. La demandante alegó que las bases del concurso favorecían a las operadoras incumbentes y no fijaban un tope de espectro, permitiéndoles acumular frecuencias por sobre el límite judicial. Señaló que, de adjudicarse la banda, Telefónica, Entel y Claro pasarían a tener 115, 130 y 115 MHz respectivamente, bloqueando la entrada de nuevos competidores. El Tribunal de Defensa de la Libre Competencia analizó la prueba y concluyó que no existía evidencia de una estrategia de acaparamiento ni efectos exclusorios. Consideró que las operadoras tenían incentivos para usar eficientemente el espectro y que la demanda debía ser rechazada. Finalmente, el tribunal rechazó la demanda y condenó en costas a la actora.