Ambiental

Artículo 90 del Reglamento del SEIA, que regula el derecho de cualquier persona natural…

Resumen del criterio jurisprudencial

Artículo 90 del Reglamento del SEIA, que regula el derecho de cualquier persona natural o jurídica a formular observaciones a un Estudio de Impacto Ambiental. Establece un plazo de sesenta días para presentarlas por escrito, con fundamentos y datos del proyecto y del observador, incluyendo alternativas electrónicas.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.