Resumen del criterio jurisprudencial
Artículo del Código de Minería chileno que regula el procedimiento para subsanar defectos en pedimentos o manifestaciones de concesiones mineras. Establece un plazo de 8 días para corregir errores, bajo apercibimiento de tener la presentación por no hecha, y declara insubsanables ciertos errores en coordenadas.