Resumen del criterio jurisprudencial
El recurrente, Bizama, interpuso una acción constitucional de protección contra la Isapre y la Superintendencia de Salud debido al alza unilateral del precio de la prima GES. Alegó que el aumento era desproporcionado e injustificado, vulnerando sus garantías constitucionales de los numerales 9 y 24 del artículo 19 de la Constitución. La Corte Suprema confirmó la sentencia apelada que rechazó el recurso. Consideró que la prima GES fue determinada tras un proceso objetivo y fiscalizado por la Superintendencia, basado en parámetros legales. No se advirtió ilegalidad ni arbitrariedad en el actuar de las recurridas. Por lo tanto, no hubo vulneración de las garantías fundamentales invocadas. Se rechazó el recurso sin costas.