Resumen del criterio jurisprudencial
El abogado Tomás Guillermo Matheson Mujica, en representación del ciudadano haitiano Chedeler Pierre, interpuso una acción constitucional de amparo contra el Servicio Nacional de Migraciones. Se impugnó la Resolución Exenta N°2600100443894, de 31 de julio de 2026, que rechazó la solicitud de residencia definitiva del amparado por no presentar el certificado de antecedentes de Haití legalizado o apostillado, ordenó el abandono del territorio nacional en 15 días y prohibió su reingreso por 5 años. El recurrente sostuvo que era materialmente imposible obtener el documento dentro de los plazos exigidos, debido al proceso manual de la embajada haitiana, a su funcionamiento intermitente y a que el servicio no permitía aportar documentos en cualquier etapa del procedimiento, vulnerando la Ley 19.880. También alegó que la resolución era arbitraria y desproporcionada, pues no ponderó las circunstancias ni consideró medidas alternativas previstas en la Ley 21.325. La Corte de Apelaciones de Concepción acogió el amparo. Dejó sin efecto la resolución impugnada y ordenó retrotraer el procedimiento para que se otorgue al amparado un plazo razonable no inferior a 30 días, o se exploren vías alternativas como el artículo 91 N°5 de la Ley 21.325.