Laboral

La Dirección del Trabajo ha señalado que en el caso que la empresa baje de veinte el nú…

Resumen del criterio jurisprudencial

La Dirección del Trabajo ha señalado que en el caso que la empresa baje de veinte el número de trabajadoras contratadas, si bien cesa la obligación de proporcionar sala cuna, debe seguir otorgando el beneficio a las trabajadoras que se encontraban gozando de él al momento de ocurrir tal circunstancia, mientras sus hijos sean menores de dos años y deban dejarlos en ella durante el trabajo.

De la protección a la maternidad y la paternidad y la conciliación de la vida personal, familiar y laboralSala cuna

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.