Laboral

Artículo del Código del Trabajo chileno que permite pactar por escrito que la jornada d…

Resumen del criterio jurisprudencial

Artículo del Código del Trabajo chileno que permite pactar por escrito que la jornada de un día hábil entre dos feriados, o entre un feriado y un sábado o domingo, sea de descanso con goce de remuneraciones, compensando las horas mediante servicios prestados antes o después. Las horas trabajadas en compensación no se consideran extraordinarias y, en empresas no exceptuadas del descanso dominical, la compensación no puede fijarse en domingo.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.