Resumen
La resolución del Tribunal Constitucional en el caso Rol N° establece como Ratio Decidendi que el artículo 1°, inciso segundo, de la Ley N° 18.216 resulta contrario a la Constitución al vulnerar principios fundamentales como la igualdad ante la ley, la proporcionalidad de las penas y el derecho a un procedimiento racional y justo. Se argumenta que la disposición impugnada limita de manera desproporcionada e inequitativa las facultades del juez para aplicar penas sustitutivas, lo que contraviene el principio de humanidad basado en la dignidad humana, reconocido en los artículos 19, N°s 1°, 2°, 3° y 7° de la Constitución. Asimismo, se destaca que la exclusión total de beneficios de penas sustitutivas vulnera el estándar de racionalidad y justicia garantizado en los artículos 19, N°s 3° (inciso sexto) y 2° de la Constitución, al no considerar la gravedad del delito en términos del quantum de la pena, lo que genera una desproporción sustancial respecto de otros delitos más graves. Además, se enfatiza que las penas sustitutivas no constituyen impunidad, sino que son sanciones con un carácter punitivo que buscan la reinserción social y la protección de las víctimas, siendo una alternativa más equilibrada frente a la privación de libertad, que históricamente ha demostrado ser ineficaz en la rehabilitación de los condenados. Como Obiter Dicta, se menciona que el derecho a punir del Estado no es absoluto y debe interpretarse conforme a criterios sistemáticos y teleológicos, destacando que la finalidad de la pena debe ser la reinserción social y no el mero sufrimiento del condenado. También se señala que la política criminal debe respetar los límites constitucionales y que el legislador no puede prescindir de la proporcionalidad al establecer reglas de punición, lo que implica un uso racional de la privación de libertad. Finalmente, se resalta que la exclusión de beneficios de penas sustitutivas no puede justificarse únicamente por la naturaleza del delito, sino que debe basarse en criterios objetivos como el quantum de la pena, lo que refuerza la necesidad de un patrón general de proporcionalidad en el sistema penal.