Resumen del criterio jurisprudencial
Dictamen de clasificación arancelaria del Servicio Nacional de Aduanas que resuelve que un mix de cerezas, arándanos y frambuesas presentado en potes individuales dentro de un contenedor no constituye una mezcla ni surtido, por lo que cada fruta se clasifica por separado en su partida específica (cerezas 0809.2000, arándanos 0810.4010, frambuesas 0810.2020).