Resumen del criterio jurisprudencial
Artículo del Código Civil chileno que regula el contrato de arrendamiento de criados domésticos. Establece que, si se estipuló desahucio para cesar el servicio, quien lo incumpla sin causa grave deberá indemnizar al otro con una cantidad equivalente al salario del período de desahucio o de los días restantes para cumplirlo.