Resumen del criterio jurisprudencial
El ente contralor determinó que el Instituto Nacional de Deportes (IND) no vulnera la ley de protección de datos al comunicar a las federaciones deportivas las obligaciones de transparencia establecidas en la Ley N° 19.712. Sin embargo, las entidades deben proteger la información personal de sus trabajadores que requiera consentimiento, conforme a la Ley N° 19.628, y el IND debe supervisar su co rrecta implementación.