Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte Suprema rechaza el recurso de unificación de jurisprudencia deducido por la demandante en causa sobre despido injustificado. El tribunal de origen acogió la demanda de despido injustificado pero rechazó restituir el descuento del aporte del empleador a la cuenta de seguro de cesantía. La Corte de Apelaciones confirmó esta decisión rechazando el recurso de nulidad. La Corte Suprema mantiene la jurisprudencia establecida en que el descuento del artículo 13 de la Ley N°19.728 solo procede cuando el despido por necesidades de la empresa no ha sido declarado improcedente. Al declararse improcedente el despido, se priva de base legal para aplicar el descuento del aporte del empleador.