Resumen del criterio jurisprudencial
La Fundación Estudio para un Hermano Educere fue sancionada con una multa por el Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia. En sede administrativa, la fundación solicitó la aplicación de una atenuante, lo que resultó en la reducción de la multa del 15% al 10% de los aportes financieros promedio. La fundación presentó una reclamación judicial ante la Corte de Apelaciones de San Miguel, argumentando que la sanción debía ser una amonestación. La Corte de Apelaciones rechazó la reclamación. La fundación interpuso recurso de casación en el fondo ante la Corte Suprema. La Corte Suprema determinó que no existía agravio, ya que la petición de la atenuante ya había sido acogida en la fase administrativa, y por tanto el recurso no podía ser admitido. En consecuencia, la Corte Suprema rechazó el recurso de casación en el fondo.